Publicado originalmente en Evrensel, 11/23/2018.
Los casos de cuatro académicos juzgados por el delito de "hacer propaganda de una organización terrorista" por haber firmado la declaración titulada "No seremos cómplices de este crimen" se tramitaron en dos tribunales distintos. Tres de los académicos que comparecieron ante los jueces del Tribunal de Delitos Graves n.º 36 de Estambul fueron condenados cada uno a quince meses de prisión.
Continúan los procesos judiciales contra los académicos que firmaron la declaración de paz titulada ”No seremos cómplices de este crimen”, en la que se busca poner fin a las violaciones de derechos humanos y al conflicto en curso durante los toques de queda en las provincias kurdas. El profesor adjunto Dr. MTT, cuya segunda audiencia se celebró en el Tribunal de Delitos Graves n.º 26 de Estambul, presentó su defensa. MTT, académico de la Universidad de Bellas Artes Mimar Sinan, afirmó que el texto de paz firmado por el profesor adjunto era más “inocuo” que las medidas adoptadas en el proceso de solución.
MTT declaró: “El juicio contra la Asociación por la Paz tuvo lugar el 12 de septiembre. En aquel entonces, Turquía albergaba una organización internacional por la paz. El objetivo de esta organización era la ‘paz’, pero al turco se la tradujo como ‘tranquilidad’, no como tal. Ya sea que se la llame paz, tranquilidad o cualquier otro término turco, no puede haber tranquilidad, silencio, reposo ni consuelo en un lugar donde no hay paz. Por lo tanto, desear la paz no es un delito. Pido mi absolución inmediata con la esperanza de que nuestro llamado a la paz, y por ende la paz misma, no vuelva a ser perseguido‘.’
“CREEMOS QUE LA BALANZA DE LA JUSTICIA HA FALLADO”
Tras la comparecencia ante el tribunal, el abogado del académico, Mehmet Fatih Kayagil, se dirigió a la corte. Criticando la acusación, el abogado Kayagil señaló la existencia de errores sustanciales. Al presentar ante la corte el informe "ASDER-ASSAM en la etapa alcanzada por el proceso de paz", publicado en 2015, Kayagil indicó que el informe contenía sentencias favorables al PKK e incluía citas de figuras como Bülent Arınç, Yiğit Bulut, Mehmet Metiner y Beşir Atalay. Kayagil afirmó que Mesut Akgün escribió un artículo en el periódico Star en 2015 en el que afirmaba que "Turquía debe proporcionar ayuda armamentística al PKK", y que dicho artículo aún se encuentra disponible en el sitio web. Ante esto, el juez presidente, Yusuf Yılmaz, mencionó el nombre del periódico y del periodista que realizó el reportaje, solicitando que se repitieran. Tras señalar que ni siquiera se había iniciado una investigación sobre los autores del informe ASDER-ASAM y del artículo en cuestión, Kayagil continuó: “Respetamos la libertad de pensamiento y expresión y, desde luego, no estamos pidiendo que se inicie una investigación contra estas personas. Simplemente creemos que, con el inicio de un procedimiento judicial basado en esta declaración que contiene las mismas palabras, se ha cometido un error de justicia”. El tribunal ordenó la acumulación del caso con los demás casos de académicos que tenía ante sí.
“LAS CARGOS NO ESTÁN RESPALDADOS POR PRUEBAS CONTUNDENTES”
En otro orden de cosas, el juicio de tres académicos se celebró en el Tribunal de Delitos Graves n.º 36 de Estambul. La primera audiencia en dicho tribunal fue la del profesor de la Universidad de Estambul, Güven Gürkan Öztan. En la sesión anterior, los abogados de Öztan, Sevgi Kalan Güvercin y Ali Deniz Ceylan, habían solicitado la recusación del tribunal. El juez presidente, Hakan Özer, declaró que el Tribunal de Delitos Graves n.º 37 había desestimado la solicitud de recusación. El fiscal a cargo de la audiencia reiteró sus recomendaciones sobre el fondo del asunto y solicitó la pena de prisión para Öztan por “hacer propaganda organizacional”. Öztan rechazó los cargos y pidió la absolución. Uno de sus abogados, Sevgi Kalan Güvercin, afirmó que no se habían configurado los elementos esenciales del delito y, citando ejemplos de sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, argumentó que la acción debía considerarse un caso de libertad de expresión. En su defensa, el abogado Ali Deniz Ceylan, haciendo referencia a las palabras de su colega İnayet Aksu, declaró: “Observamos que, lamentablemente, las palabras de la defensa no están a la altura de las de la fiscalía”. Afirmó que los cargos carecían de pruebas contundentes, mientras que la defensa había presentado un extenso y detallado alegato. Al dictar sentencia, el tribunal condenó a Öztan a quince meses de prisión y aplazó la sentencia.
EL TRIBUNAL SUSPENDIÓ LA SENTENCIA POR UN DElito de índole íntima.
La segunda vista en el Juzgado de Delitos Graves nº 36 fue la de la profesora Dra. Gülhan Türkay.
En cuanto al fondo del asunto, Gülhan Türkay indicó que no aceptaba los cargos y solicitaba la absolución. Türkay manifestó que no deseaba que se aplicaran las disposiciones sobre aplazamiento de la sentencia en caso de que el tribunal dictara condena.
La abogada de Türkay, Emel Ataktürk, también solicitó la absolución de su clienta. El tribunal la condenó a quince meses de prisión. Al no poder aplicar la suspensión de la pena por falta de consentimiento de la acusada, el tribunal la suspendió, imponiéndole dos años de libertad condicional conforme al artículo 51/3 del Código Penal turco, argumentando que ’la acusada no tiene antecedentes penales y existe la firme convicción de que no volverá a delinquir si se suspende la pena, dada su conducta anterior“. Según el párrafo seis del mismo artículo, no se le impuso ninguna obligación. La forma que adoptará la libertad condicional la decidirá la Oficina de Libertad Condicional. Si Türkay comete un delito durante su libertad condicional, ¿podría aplicarse la pena impuesta parcial o totalmente?
En cuanto a la audiencia final en el Tribunal de Delitos Graves n.° 36, esta correspondió al profesor Dr. Rıza Türkay de la Universidad de Marmara. Solicitando su absolución, Türkay consintió en que, en caso de dictarse sentencia, se aplazara la aplicación de las disposiciones relativas a la imposición de penas.

